1 DEFINICIÓN TELETRABAJO - TRABAJO A DISTANCIA

 TELETRABAJO 

TRABAJO A DISTANCIA


DURANTE NUESTRO ÚLTIMO CONSEJO SE SOLICITÓ ACLARAR ESTE TEMA.  A TRAVÉS DE LA LECTURA DE LAS PÁGINAS PODRÁS ENTERARTE: 

Trabajo a distancia es aquel en el que el trabajador presta sus servicios, total o parcialmente, desde su domicilio u otro lugar o lugares distintos de los establecimientos, instalaciones o faenas de la empresa.

El trabajo a distancia es aquel en el que el trabajador presta sus servicios, total o parcialmente, desde su domicilio u otro lugar o lugares distintos de los establecimientos, instalaciones o faenas de la empresa.
(Ver: Código del Trabajo, artículo 152 quáter G)

El trabajo a distancia se denominará teletrabajo cuando los servicios son prestados mediante la utilización de medios tecnológicos, informáticos o de telecomunicaciones o si tales servicios deben reportarse mediante estos medios.

El trabajo a distancia admite una modalidad que se denomina ""teletrabajo"", el cual consiste en que los servicios son prestados mediante la utilización de medios tecnológicos, informáticos o de telecomunicaciones o si tales servicios deben reportarse mediante estos medios.
(Ver: Código del Trabajo, artículo 152 quáter G)"






















Comentarios

Entradas más populares de este blog

6 ANÁLISIS Y OPINIÓN SITUACIÓN DOCENTES EN TELETRABAJO

4 ANALISIS COLEGIO DE PROFESORES TELETRABAJO EN SECTOR MUNICIPAL